SECRETARIA DE

SEGURIDAD CIUDADANA

 

MISION:

Asesorar, formular, dirigir y controlar políticas, estrategias, planes y proyectos que permitan la integración y coordinación del Sistema Integral Metropolitano de Seguridad Ciudadana, en la búsqueda constante de la excelencia en la prestación de sus servicios, partiendo de una evaluación sistemática de los componentes propios y colaterales, contando para ello con: personal altamente calificado, tecnologías de vanguardia y estructuras organizativas de alta eficacia, basadas en un modelo de participación popular y democrático.

 

VISION:

Ser el ente rector de un sistema integrado de Seguridad Ciudadana, en el Distrito Metropolitano de Caracas, conformado por instituciones de servicio público de alta calidad humana, académica y técnica, orientadas a la prevención y protección integral del Soberano; en concordancia con los Ejes Estratégicos de Gobierno Nacional y Regional.

 

FUNCIONES

1.        Proponer al Alcalde del Distrito Metropolitano de Caracas las medidas que garanticen la congruencia de las políticas de prevención del delito, en el ámbito geográfico de su jurisdicción.

 

2.        Desarrollar  políticas de seguridad ciudadana en el Distrito Metropolitano de Caracas y proponer al Alcalde Metropolitano las acciones de gobierno, planes, normativas, instrumentos, programas y estrategias para la prevención del delito y administración de emergencias  y desastres en el ámbito geográfico del Distrito Metropolitano de Caracas.

 

3.        Integrar y coordinar el Consejo Metropolitano de Seguridad Ciudadana, en los términos establecidos en las leyes y proponer, acciones y estrategias en materia de lucha contra el delito,  prevención del delito,  y administración de emergencias  y desastres en el ámbito geográfico del Distrito Metropolitano de Caracas.

 

4.        Impulsar la modernización  de los Órganos de Seguridad Ciudadana.

 

5.        Ser el enlace con los demás organismos nacionales y estatales de policía, para una efectiva lucha contra la delincuencia y con los bomberos y protección civil en la administración de emergencias  y desastres en todo el territorio del Distrito Metropolitano de Caracas. 

 

6.        Coordinar y monitorear la acción preventiva de las policías del Área Metropolitana de Caracas, principalmente en aquellos lugares de alto índice delictivo.

 

7.        Centralizar las estadísticas delictivas y de faltas en la jurisdicción del Distrito Metropolitano de Caracas.

 

8.        Efectuar, con el auxilio de las distintas dependencias del Estado, estudios sobre los actos delictivos no denunciados, e incorporar esta variable en el diseño de las políticas en materia de prevención del delito.

 

9.        Diseñar y programar con el apoyo de otras dependencias municipales, estadales y nacionales, para la prevención del delito, combate a la delincuencia, tratamiento de adicciones y todo tipo de factores que incidan en la generación de la delincuencia, promoviendo la participación y concientización  ciudadana, así como la promoción de valores.

 

10.     Desarrollar estrategias y adoptar mecanismos que permitan garantizar el proceso eficiente y efectivo de los órganos de seguridad ciudadana para combatir  la delincuencia.

 

11.     Desarrollar estrategias en la lucha contra el narcotráfico en coordinación con otras Instituciones.

 

12.     Implementar mecanismos de coordinación para fortalecer el incremento de información criminal, con las diferentes policías del área metropolitana, con la finalidad de integrar la base de datos de las policías; vehículos y armamentos entre otros, así como del sistema de registro de  impresión dactilar.

 

13.     Velar por el mantenimiento del orden público y la seguridad colectiva e individual, tomando las medidas que eviten disturbios, motines, escándalos y cualquier otra manifestación en la que se atente contra la dignidad, seguridad y tranquilidad de las personas.

 

14.     Coordinar los servicios de policía de prevención y orden público en el ámbito metropolitano, así como de policía administrativa con fines de vigilancia y fiscalización.

 

15.     Coordinar con los órganos policiales competentes las acciones tendientes a impedir la ocupación indebida de los espacios públicos.

 

16.     Coordinar la colaboración, cuando así se requiera, con las autoridades municipales, estadales y nacionales, para la protección de la integridad física de las personas y la preservación de sus bienes, en situaciones de peligro cuando se vean amenazados por disturbios u otras situaciones que impliquen violencia o riesgo inminente y desastres.

 

17.     Coordinar las acciones de seguridad de la Alcaldía Metropolitana con los cultos y actividades de los distintos credos religiosos y sus festividades en iglesias y templos.

 

18.     Coordinar y velar por las acciones de seguridad de la Alcaldía Metropolitana con los organizadores de espectáculos públicos que se realicen en su jurisdicción. 

 

19.     Promover el establecimiento de centros de atención social a las víctimas del delito y programas coordinados con instituciones públicas y privadas para prevenir la violencia y la desintegración familiar.

 

20.     Programa, dirige y evalúa políticas, procedimientos y estrategias de promoción y fomento de la participación ciudadana. Atiende la vinculación institucional de las acciones, planes y programas referidos a la seguridad pública, prevención y orden de la Secretaría de Seguridad Ciudadana.

 

21.     Programar, dirigir y evaluar las políticas, procedimientos y estrategias de coordinación, intercambio, experiencias y estudios, con otros cuerpos policiales y organismos relacionadas con la seguridad pública. Así, da lugar al diseño y adopción de medidas de prevención del delito y combate a la delincuencia en las acciones de la Secretaría de Seguridad Pública.

 

22.     Coordinar, controlar y evaluar el trabajo, las medidas de protección civil y bomberos, con todos los entes de Seguridad Ciudadana, en lo referente a la administración de emergencias o desastres.

 

23.     Fiscalizar la prestación del servicio del Cuerpo de Bomberos, Protección Civil  y Policía Metropolitana.

 

24.     Establecer y coordinar dispositivos y servicios de emergencias de organización ciudadana.

 

25.     Coordinar, supervisar, evaluar  y controla, el centro de llamadas de emergencia metropolitana.

 

26.     Diseñar y ejecutar los programas de identificación e inventario de recursos humanos y materiales de los órganos de seguridad ciudadana que operan en el Distrito Metropolitano de Caracas.

 

1.        Coordinar con las dependencias u organismos encargados de adiestrar y capacitar al recurso humano de policía preventiva, administrativa y de orden público de los municipios que integran el Distrito Metropolitano de Caracas a fin de participar en la elaboración y diseño de los programas académicos de los aspirantes de agentes y profesionales de policía.

 

2.        Establecer un sistema de reconocimiento y estimulo, que motive la actuación de los Órganos de Seguridad Ciudadana del Distrito Metropolitano de Caracas.

 

3.        Asistir al Alcalde Metropolitano en sus relaciones con los representantes de la Gobernación del Estado Miranda y Alcaldías que conforman el Distrito Metropolitano de Caracas, así como con los demás Órganos de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada en lo referente a la seguridad ciudadana.

 

4.        Elaborar y difundir estudios multidisciplinarios y estadísticas sobre el fenómeno delictivo en el Distrito Metropolitano de Caracas, así como la coordinación con los distintos órganos de policía del país, para el intercambio de información.

 

5.        Asistir al Ejecutivo metropolitano, en la celebración de convenios de colaboración, en el ámbito de su competencia, con autoridades municipales, estadales, nacionales y otras instituciones u órganos con fines similares.

 

6.                    Promover mecanismos para la coordinación entre los órganos de Seguridad Ciudadana y las  empresas de Seguridad Privada.

 

7.        Cumplir y hacer cumplir la Constitución y demás leyes de la  República.

 

8.        Todas las demás actividades que en el área de su competencia, le sean asignadas